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Conoce las nuevas normativas de etiquetado de la ANVISA

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Recientemente, la ANVISA (Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria de Brasil) realizó importantes modificaciones en las reglas de etiquetado de alimentos y hemos preparado un compendio con los principales aspectos destacados de este cambio. ¡Sigue leyendo!

 

Con el objetivo de brindar al consumidor cada vez más información transparente y rastreable sobre lo que compra y consume, la ANVISA publicó una nueva norma para el etiquetado en los envases de alimentos. La nueva normativa, que entró en vigor a partir del 9 de octubre de 2022, garantiza que los envases estén señalizados en la parte frontal cuando contienen un alto contenido de nutrientes.

Cuando se publicó, la norma permitía que las empresas utilizaran sus envases y etiquetas adquiridos hasta el 8 de octubre de 2023 en el mercado, siempre que no cumplieran con la nueva normativa antes del 9 de octubre de 2024, estableciendo un plazo de 2 años para que las empresas se adaptaran a partir de la publicación de la nueva norma. Sin embargo, el 2 de abril de 2024, la ANVISA suspendió este efecto y, a partir de ahora, todos los envases deben cumplir con la nueva normativa de etiquetado. Avery Dennison ha preparado un contenido exclusivo para que sepas todo sobre la nueva norma. ¡Descúbrelo más!

 

1 – Después de todo, ¿por qué tenemos una nueva normativa?

A pesar de entrar en vigor en octubre de 2022, la normativa ha sido discutida durante más de 20 años, desde la creación del primer reglamento técnico sobre etiquetado de productos nutricionales. Después de la creación de comités con autoridades e investigadores del sector, además de investigaciones con la sociedad civil. Este cambio ha sido discutido en varios países y defendido, principalmente, por la OPS (Organización Panamericana de la Salud) debido al aumento de la obesidad y las enfermedades relacionadas con el consumo excesivo de azúcar y grasa. Brasil fue el quinto país en cambiar el reglamento, justo detrás de Canadá, Uruguay, Perú y México.

 

2 – ¿Cuál es el objetivo de esta normativa?

Ayudar a los consumidores a entender lo que están consumiendo y cómo puede afectar a sus dietas.

 

3 – ¿Qué ha cambiado?

A partir de octubre de 2022, la normativa prevé el uso obligatorio de la siguiente información en las etiquetas y envases:

– Indicaciones frontales
Los alimentos que contienen una cantidad de azúcar, sodio o grasa saturada recomendada por la ANVISA deben estar señalizados en la parte frontal de la etiqueta o el envase, mediante el uso de un sello estándar, según la imagen siguiente:

Nueva_regulacion_Anvisa_1

Fuente: Redacción UOL – Viva Bem

 

– Afirmaciones nutricionales
A partir de la fecha de esta nueva norma, las empresas deben seguir criterios más estrictos para colocar sellos que indiquen características positivas de los productos, principalmente en aquellos que se consideran saludables, como “libre de grasa trans”. Aunque el producto cumpla con estos nuevos criterios, el uso de estos sellos sigue siendo voluntario.

– Tabla nutricional
Para facilitar la comprensión del consumidor, además de ayudar a la legibilidad, el cuadro debe ser obligatoriamente blanco y con el uso de fuentes de color negro y tamaño estándar. Además, debe estar cerca de la lista de ingredientes utilizados en el producto final.
Además, la tabla también incluye una tercera columna, donde se informa el valor nutricional basado en una porción estandarizada: 100 ml o 100 g.

 

4 – ¿Cuál es el plazo establecido por la ANVISA para que los envases cumplan con esta nueva normativa de etiquetado?

Cuando la normativa entró en vigor, en octubre de 2022, permitía que los envases adquiridos hasta el 8 de octubre de 2023 fueran adquiridos hasta el 9 de octubre de 2024.

Sin embargo, a partir del 2 de abril de 2024, la ANVISA revocó esta autorización y, a partir de ahora, todos los envases deben cumplir con la nueva normativa de etiquetado.

 

5- ¿Este plazo de adaptación es válido para todos los tipos de alimentos o hay excepciones?

Algunos alimentos tienen un plazo mayor para adaptarse a la nueva normativa. Estos son:

  • Hasta el 9 de octubre de 2024: Alimentos producidos por agricultores familiares, agroindustria de pequeña escala, MEIs o alimentos producidos de forma artesanal.
  • Hasta el 9 de octubre de 2025: Bebidas no alcohólicas en envases retornables.

 

6- ¿Cuáles son los alimentos que no están sujetos a esta normativa?

  • Alimentos empaquetados por establecimientos a pedido del consumidor.
  • Vinagres, frutas, vegetales y carnes sin valor nutricional adicional.
  • Bebidas alcohólicas.
  • Agua y hielo destinados al consumo humano.
  • Artículos fraccionados en los puntos de venta.
  • Productos con envases de superficie visible para etiquetado menor o igual a 100 cm².

 

¿Necesitas ayuda para adaptar tus etiquetas y envases y obtener más detalles sobre esta nueva normativa? Ponte en contacto con nuestro equipo comercial y de expertos para recibir apoyo en tus necesidades.